Comienza la cuenta atrás para el nuevo pago fraccionado alavés

En poco más de un mes finalizará el plazo de cumplimentación de la declaración de pagos fraccionados, en concreto, los modelos 203 (régimen individual) y 223 (régimen de consolidación fiscal) que se han puesto en marcha en los Territorios Históricos Vascos partir de este año.

Por este motivo, queremos aprovechar para recodaros las claves de esta nueva obligación fiscal:

  1. Obligados

NO deberán efectuar el referido pago fraccionado las entidades que tengan la consideración de microempresa o pequeña empresa.

Recordemos que las microempresas y pequeñas empresas, a estos efectos, son aquellas que, entre otras circunstancias, no superen los 2 y 10 millones de euros de activo, tengan un volumen de operaciones por debajo de los 2 y 10 millones de euros y tengan una plantilla inferior a los 10 y 50 trabajadores, respectivamente.

  1. Plazo de presentación

El plazo de presentación finaliza en los primeros 25 días naturales del mes de octubre de cada año.

  1. Base del cálculo

La base para calcular el pago fraccionado será la base imponible del último período impositivo cuyo plazo de autoliquidación estuviese vencido a 1 de octubre. Es decir, este octubre, salvo contadas excepciones, la base del cálculo será la base imponible del Impuesto de Sociedades de 2017.

  1. Importe del pago fraccionado

La cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar a la base anterior el porcentaje del 5 por ciento.

De la cuota resultante se deducirán las retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre los ingresos del contribuyente correspondientes al periodo impositivo utilizado como base para el cálculo (2017).

Como todo cambio, sabemos que puede traeros dudas e inquietudes por eso, nos ponemos a vuestra disposición para aclarar cualquier cuestión relacionada con este punto.

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